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Conocimiento de Embarque

“Es aquel que contiene la declaración genérica de cada envío de mercaderías formulada por el embarcador y firmada por el Capitán o persona habilitada en el puerto de salida. Acredita el recibo de las mercaderías a bordo; instrumenta el contrato de transporte; representa el derecho de disponer de las mercaderías y habilita sin más exigencia que su presentación para la entrega de aquéllas a su tenedor legítimo, sin perjuicio de las demás funciones previstas en la legislación.”
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Art. 70 Código Aduanero Nacional
Fecha de actualizado: 20/Sep/2007
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Eventos

8 de febrero - 8.30 – 11.00

Salón de actos del edificio Bolsa de Comercio (Rincón 454)

El 27 de diciembre pasado el poder ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley en el cual se busca conocer a los tenedores de acciones o participaciones de sociedades anónimas, sociedades en comandita por acciones, asociaciones agrarias, fondos de inversión o cualquier otra persona jurídica o patrimonio de afectación habilitado para emitir acciones al portador. Este no es un proyecto de ley de características neutrales para nuestra economía, es sin lugar a dudas el mayor cambio de reglas de juego para los inversores, tanto nacionales como extranjeros, de los últimos años.








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