Nuevas medidas de alivio tributario para micro y pequeñas empresas

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06/03/2023
Nuevas medidas de alivio tributario para micro y pequeñas empresas

El gobierno anunció una serie de medidas para brindar apoyo a las micro y pequeñas empresas, el anuncio fue realizado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, ante la Asamblea General en el Palacio Legislativo durante la presentación de la gestión de cuentas sobre la gestión del año 2022 

Estas medidas impactarán en 35.150 pequeñas empresas e implican una renuncia fiscal estimada en USD 40 millones.

Se incorporan nuevas medidas, entendiendo que las mipymes “constituyen el corazón del motor económico de nuestro país”. 

Ya la LUC había otorgado mayores beneficios para el régimen de pequeña empresa, el llamado “literal E”. También, medidas concretas de apoyo para los monotributistas. Se otorgaron rebajas transitorias en los aportes jubilatorios patronales al BPS y se ampliaron los beneficios tributarios para las pequeñas empresas y los monotributistas, con especial énfasis en lo que fueron los sectores más afectados por la pandemia. 

A continuación, se detallan las medidas anunciadas el 2 de marzo de 2023:

Apoyo a las micro y pequeñas empresas:

  • Modificación del régimen de IRAE ficto, pasando de un esquema de tasas fijas según el nivel de ingresos a un esquema de tasas progresivas (régimen similar al IRPF, algo largamente solicitado por estas empresas). Esto beneficia al 37% de los contribuyentes del IRAE, que corresponde a unas 26.600 empresas. (Decreto N° 65/23).
  • Para las “pequeñas empresas”, cuando en un ejercicio sus ingresos superen las 305.000 UI y por lo tanto deban tributar IRAE e IVA, ya no deben permanecer en el régimen general en los siguientes dos ejercicios. Esto impactaría en unas 2.700 empresas.
  • IMEBA (Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios): aumento tope de ingresos para ser contribuyentes (2.5 millones UI) (Decreto N° 66/23).
  • Condonación de deudas monotributistas MIDES: para deudas generadas desde marzo de 2020 por monotributistas que se encuentren suspendidos de oficio en el BPS, hasta la fecha de promulgación de la ley.