RECORDATORIO: SERVICIOS OBLIGATORIOS DE PREVENCION Y SALUD EN EL TRABAJO.

JURÍDICA

28/10/2022
RECORDATORIO: SERVICIOS OBLIGATORIOS DE PREVENCION Y SALUD EN EL TRABAJO.

IMPORTANTE RECORDATORIO: SERVICIOS OBLIGATORIOS DE PREVENCION Y SALUD EN EL TRABAJO.

El próximo martes 1º de noviembre de 2022 comienza a regir la obligatoriedad de contar con servicios de prevención y salud en empresas que tengan de 5 a 50 trabajadores (DECRETO 127/014).

Consideraciones a tener presente:

  • Obligatorio contar con servicios de prevención y salud en el trabajo realizado por alguno de los siguientes profesionales: a) Técnico Prevencionista, b) Tecnólogo en salud ocupacional , c) Tecnólogo Prevencionista, d) Licenciado en Seguridad y Salud Ocupacional, o e) Ingeniero Tecnólogo Prevencionista.
  • El servicio contratado puede ser externo, debiendo dichos profesionales realizar 1 intervención semestral como mínimo.
  • Para este tamaño de empresas, el servicio de médico especialista en salud ocupacional es voluntario y optativo. Aquellas empresas que quieran contratarlo podrán hacerlo, pero no es de carácter obligatorio.
  • Los servicios obligatorios de prevención y salud, comenzarán con un diagnóstico primario para la identificación y evaluación de riesgos. Diagnosticados los mismos, la empresa deberá trabajar en elaborar planes de trabajo respecto a la gestión, prevención, vigilancia, fomento y capacitación.
  • Los Servicios a los que obliga el Decreto 127/014, son por razón social.
  • Para quedar amparado por esta obligación, se debe contar con mínimo de 5 trabajadores en la planilla de trabajo. Aquellas empresas que cuenten con menos de 5 trabajadores en planilla no quedan comprendidos.
  • Si algún Dueño o Director luce como representante en la planilla de trabajo y tiene asignado un salario en la misma, se lo considera como trabajador para el conteo de las 5 personas en planilla.
  • De lucir únicamente como representante y  no contar con salario asignado en la planilla, el Dueño o Director no será tenido en cuanta para el cálculo.

SERVICIOS RECOMENDADOS POR LA CCSUY:
Desde la Cámara contamos con información sobre servicios sugeridos a contratar por las empresas para que puedan cumplir con lo obligado por el decreto 127/014.
 
Por mayor información en cuanto a cotización de servicios recomendados, favor dirigirse a: gerenciajuridica@cncs.com.uy o al 29161277 int 115