Compras en el exterior

Compras en el exterior
¿Cuántos envíos internacionales se pueden recibir sin pagar impuestos (franquicia)?

Se pueden recibir hasta 3 envíos por año civil, cualquiera sea la modalidad (expresa o no expresa) e independientemente de los operadores postales utilizados.

“Excepción: los libros y medicamentos de uso personal pueden ingresar con los beneficios del régimen sin restricción de veces. En el caso de medicamentos, los mismos requieren de autorización previa del Ministerio de Salud Pública. En el caso de los libros, el valor de factura no podrá superar los USD 1000.

¿Qué modalidad de envíos pueden ser amparados por la franquicia?
  • Envío no expreso hasta USD 50 (valor en factura o declaración de valor)
  • Envío expreso hasta USD 200 (valor en factura o declaración de valor)
¿Qué requisitos deben cumplirse para ampararse a la franquicia?
  • Ser una persona física mayor de edad con cédula de identidad (uruguayo o nacionalizado).
  • Que el envío sea sin fines comerciales. Solo para consumo propio.
  • No supere los 20 kg.
  • Se solicitará la factura comercial en el caso de compras o declaración de valor en el caso de obsequios.
  • En el caso en que el envío contenga una compra, el pago de la correspondiente mercadería deberá realizarse mediante el uso de tarjeta de crédito o débito internacional, cuya titularidad coincida con el titular de la compra y con el destinatario de la encomienda.
  • No contenga productos prohibidos de ingresar al territorio nacional (drogas, armas, explosivos, productos sujetos a autorización sanitaria o fitosanitaria) o gravados con IMESI (bebidas alcohólicas, cigarrillo, cosméticos, etc.)
  • Únicamente para los envíos que ingresen a través del Correo Uruguayo: los envíos no expresos, EMS (servicio express del Correo uruguayo) y Casilla Mía, deben ser declarados por los usuarios a través del formulario que se ha implementado en la página Web de Correo Uruguayo.
¿Qué alternativas existen si el envío no se encuentra amparado por el régimen (más de 3 envíos y/o es con fines comerciales)?

Para un valor de hasta USD 200 en factura o declaración de valor, se puede utilizar el régimen simplificado por cual es posible ingresar mercadería pagando una única prestación correspondiente al 60% del valor en aduana de la mercadería (con un pago mínimo de USD 10), sin necesidad de la intervención de un Despachante de Aduana.

Requisitos para el régimen simplificado:

  • Sin límites de veces.
  • Mercadería con o sin fines comerciales.
  • No supere los 20 kgs.
  • Se solicitará la factura comercial en el caso de compras o declaración de valor en el caso de obsequios.
  • No contenga productos gravados con IMESI, ni mercadería considerada prohibida.
  • Persona física (con cédula, uruguayo o nacionalizado) o jurídica.
  • Mayor o menor de edad.

Si el valor del envío supera los USD 200 deberá tramitarse por régimen general de importación, abonando todos los tributos correspondientes y contratando un Despachante de Aduana.

Definiciones de conceptos claves:
  • Correo Expreso: mercadería transportada por operadores postales de correo expreso (ejemplo: couriers privados y EMS: servicio expreso del Correo uruguayo), se realiza el rastreo de la mercadería enviada desde la imposición hasta la entrega del envío.
  • Correo No Expreso: encomiendas postales internacionales de entrega común, Correo Uruguayo.
  • Valor en factura: el monto total detallado por el vendedor del exterior en la correspondiente factura comercial de la compra, con o sin gastos de envío según corresponda en cada caso.
  • Declaración de valor: el monto total que el destinatario hubiera tenido que pagar, de tener que comprar la misma mercadería a un vendedor del exterior
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